Las coberturas de la póliza son las siguientes:
CLÁUSULA ESPECIAL: Quedará cubierta la responsabilidad civil de suscripción obligatoria de vehículos de circulación a motor
(SOA) del vehículo de competición:
A).- Cuando circule en vías abiertas al tráfico en general en los tramos de enlace cuando se celebre la prueba deportiva
correspondiente.
B).- Cuando circulen desde su lugar de residencia habitual hasta el lugar de celebración de la prueba por la carretera abierta al
tráfico en general 48 horas antes del inicio de la verificaciones. Así mismo, podrá volver de la misma forma al lugar de residencia
habitual tras la celebración de la prueba deportiva hasta un máximo de 48 h. después de la publicación de la clasificación final. En
cualquier caso, bajo petición de la autoridad competente, deberán acreditar su correcta inscripción a la prueba deportiva de que se
trate.
C).- Cuando circulen por las vías públicas para obtener la correspondiente autorización administrativa (ITV), dirigida a verificar que
estén en perfecto estado de funcionamiento y se ajusten en sus características, equipos, repuestos y accesorios a las prescripciones
técnicas con forme al reglamento aprobado por el Real Decreto 2822/1998 de 23 de Diciembre.
En ningún caso quedaría cubierta la Responsabilidad civil obligatoria de vehículos de circulación a motor cuando el vehículo
de competición circule: entre tramos cronometrados y cerrados al tráfico en general durante una prueba deportiva o test,
así como en circuitos de velocidad o similares habilitados a tal efecto.